Resolución N° 245/18/0116
Nro de Expediente:
2017-9660-98-000040
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/10/2018


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Se aplica una multa de 20 U.R. a el Sr. Gustavo Nalerio Barreiro y la Sra. Adriana Silva Vera, propietarios de la vivienda ubicada en Irlanda 2036 bis, apto. 6, por no restablecer las condiciones de habitabilidad de la misma.

Montevideo, 24 de Octubre de 2018.-
 
        VISTO: las fallas constructivas constatadas en la vivienda ubicada en la calle Irlanda 2036 bis, apto. 6, propiedad del Sr. Gustavo Nalerio Barreiro, C.I Nº 1.728.897-0 y la Sra. Adriana Silva Vera, C.I Nº 2.006.560-6;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que la citada unidad presenta fallas constructivas de entidad, por lo que se intimó a regularizar la situación, realizando los trabajos necesarios para mitigar las humedades de cimentación; reparaciones en paredes para evitar filtraciones y asegurar correctas condiciones de habitabilidad ;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 20 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 3º, numeral 12, inciso A, Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) al Sr. Gustavo Nalerio Barreiro, C.I Nº 1.728.897-0 y la Sra. Adriana Silva Vera, C.I Nº 2.006.560-6, propietarios de vivienda ubicada en la calle Irlanda 2036 bis, apto. 6, con domicilio en la calle Plaza Independencia 749/301 a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a los infractores y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL