Resolución N° 41/19/0116
Nro de Expediente:
2017-3290-98-000576
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
6/3/2019


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 18 U.R. a Masliah Hnos. S.A., propietaria del establecimiento comercial ubicado en la Avda. Italia Nº 5775, por no levantar las observaciones planteadas, relacionadas a la ventilación en oficina y vestuarios de los locales 20 y 21.

Montevideo, 6 de Marzo de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con los locales 20 y 21 del establecimiento ubicado en la Avda. Italia Nº 5775, propiedad de Masliah Hnos. S.A., RUT 21048440010;
        RESULTANDO: 1º) que se formularon observaciones relacionadas con la ventilación en oficina y vestuario, por lo que se intimó a su regularización;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 18 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección XIII, Art. 14º, inc a, del del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 18 U.R. (dieciocho unidades reajustables) a Masliah Hnos. S.A., RUT 21048440010, propietaria de los locales 20 y 21 del establecimiento ubicado en la Avda. Italia Nº 5775, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL