Resolución N° 52/18/0116
Nro de Expediente:
2017-1238-98-000040
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/3/2018


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar multa de U.R 5 por falta de Habilitación Municipal (Microempresa) al establecimiento destinado a venta de frutas y verduras ubicado en la Av. Estanislao López 4701, Empresa perteneciente al Sr. Pablo Martín Baroni Arrieta, C.I 3.993.190-7, R.U.T. 214761960018

Montevideo, 14 de Marzo de 2018.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No.7, relacionadas con el establecimiento destinado a la venta de frutas y verduras, ubicado en la Av. Estanislao López 4701, perteneciente a la empresa unipersonal Pablo Martín Baroni Arrieta, C.I 3.993.190-7, R.U.T. 214761960018;
        RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas, pese a los plazos concedidos, no se ha procedido a presentar la documentación habilitante que autorice el funcionamiento del referido local Habilitaciones Municipales (Microempresa);
        2o) que el citado Servicio sugiere la aplicación de una multa de U.R. 5, a la empresa titular de obrados por infracción al Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar multa de U.R 5 (Unidades Reajustables cinco) al establecimiento destinado a venta de frutas y verduras ubicado en la Av. Estanislao López 4701, perteneciente a la empresa unipersonal Pablo Martín Baroni Arrieta, C.I 3.993.190-7, R.U.T. 214761960018, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

ELSA DÍAZ,CONCEJAL