Resolución N° 33/12/0116
Nro de Expediente:
3280-005162-01
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/2/2012


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 17.8092 al local destinado a bar y pizzería, ubicado en la Avda. Mcal. Francisco Solano López N° 1750, perteneciente a la empresa unipersonal Julio César Arieta Criado, C.I. 1.585.633-7, R.U.T. 213530830013, por no levantar las observaciones solicitadas.-

Montevideo, 23 de Febrero de 2012.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a bar y pizzería, sito en la Avda. Mcal. Francisco Solano López N° 1750, Padrón N° 8682, de la cual es responsable la empresa unipersonal Julio César Arieta Criado, C.I. 1.585.633-7, R.U.T. 213530830013, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7 informa que pese al tiempo transcurrido no se han levantado las observaciones efectuadas (hay 6 máquinas tragamonedas, las cuales se intimó a retirarlas, deberían hacerse trabajos de conservación e higiene, reparar humedades y revestimientos, no se hicieron las mejoras propuestas para la exoneración de retiros, no se colocó la marquesina de 1 metro de altura, todos los techos livianos o marquesinas en retiro frontal deberán desagotar las pluviales a la red domiciliaria o por debajo de la vereda y no en la vereda), por lo que se aconseja aplicar una multa de U.R. 17.8092, por infracción a lo establecido en el Art. 14., inc. a), numeral 2, Sección XIII, del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las


        competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 17.8092 (Unidades Reajustables diecisiete con ocho mil noventa y dos diezmilésimas) a la empresa unipersonal Julio César Arieta Criado, C.I. 1.585.633-7, R.U.T. 213530830013, responsable del establecimiento destinado a bar y pizzería, sito en la Avda. Mcal. Francisco Solano López N° 1750, Padrón N° 8682, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL