Resolución N° 236/19/0116
Nro de Expediente:
2016-0016-98-000251
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/11/2019


Tema:
DEJAR SIN EFECTO

Resumen:
Se deja sin efecto la Resolución Nº 44/18/0116 del 28/II/18 por la que se aplicó una multa de 10 U.R. a la empresa unipersonal Federico Matías Amiel, propietaria del establecimiento destinado a salón, sito en la calle Comercio Nº 2184 bis, por falta de la habilitación del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas.

Montevideo, 21 de Noviembre de 2019.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la empresa unipersonal Federico Matías Amiel, C.I Nº 5.058.726-2, RUT 217458400014, propietaria del establecimiento destinado a salón, sito en la calle Comercio Nº 2184 bis;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 44/18/0116 del 28/II/18 se aplicó una multa de 10 U.R. a la mencionada empresa, por falta de habilitación del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas;
        2º) que se presentó documentación que comprueba que a la fecha en que fue impuesta la multa, la empresa había cesado su funcionamiento, por lo que correspondería dejar sin efecto el citado acto administrativo;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 44/18/0116 del 28/II/18 por la que se aplicó una multa de 10 U.R a la empresa unipersonal Federico Matías Amiel, C.I Nº 5.058.726-2, RUT 217458400014, propietaria del establecimiento destinado a salón, sito en la calle Comercio Nº 2184 bis, con domicilio a los efectos legales en la calle Roberto Berro Nº 2461 torre J10, apartamento 907, EE 92.-
        2º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa interesada y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL