Resolución N° 265/15/0116
Nro de Expediente:
3290-006439-14
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/10/2015


Tema:
AUTORIZACIÓN DE MESAS Y SILLAS

Resumen:
Autorizar a la firma ADISER S.A. a instalar mesas y sillas sin entarimado en acera ocupando 14.2 m2, en la Avda. Alfredo Arocena N° 1649.-

Montevideo, 29 de Octubre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la colocación de mesas y sillas en la vía pública sin entarimado;
        RESULTANDO: 1) que la firma ADISER S.A., R.U.T. 215419430017, propietaria del establecimiento que gira en el ramo de gastronomía en el local ubicado en la Avda. Alfredo Arocena N° 1649, y con igual domicilio a los efectos legales, presentó solicitud ante el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 8, para que se la autorice a instalar mesas y sillas sin entarimado en la vía pública, ocupando 14.2 metros cuadrados;
        2) que, según informa el mencionado Servicio, la nombrada debería pagar mes a mes, como contraprestación, el importe de U.R. 7.1 (Unidades Reajustables siete con uno).-
        CONSIDERANDO: 1) que la petición se ajusta a las previsiones del Tít. I, Cap. II, Secc. VII -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS, SILLAS Y BANCOS EN LAS ACERAS”- del Lº X, Parte Legislativa, del Vol. X del Digesto Departamental, y del Capítulo IX -“DE LA COLOCACIÓN DE MESAS Y SILLAS CON O SIN ENTARIMADO EN LAS ACERAS Y CALZADAS”- del Tít. III de su Parte Reglamentaria;
        2) que en tal sentido se ha pronunciado el Sector Arquitectura del citado Servicio, quien recomienda hacer lugar a lo solicitado; 3) que la suma relacionada en el Resultando 2) es correcta, estableciendo el art. R.1288.43, lit. a), del cit. Vol. X del Digesto Departamental, y el art. 332, lit. a), del TOTID, que por la instalación de mesas y sillas en la acera y sin entarimados, se abonará mensualmente el importe de U.R. 0,50 por metro cuadrado de ocupación por mesas y sillas con entarimado en la acera y el importe de U.R. 1 por metro cuadrado de ocupación por mesas y sillas con entarimado en vía pública;
        4) que se estima conveniente disponer que el pago de los derechos se haga efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes;
        5) que el Gobierno Municipal E ha prestado su conformidad al progreso de la petición en exámen;
        6) que los Gobiernos Municipales se encuentran provistos de competencia para decidir solicitudes como la de autos, de acuerdo con la Ley Nº 18.567 y los Decretos Departamentales Nos. 33.209 y especialmente el num. 1º, ap. VIII, de la Resolución Nº 3642/10, de 9 de agosto de 2010;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1.- Autorizar con carácter precario y revocable a la firma ADISER S.A., R.U.T. 215419430017, a instalar mesas y sillas sin entarimado en la vía pública, ocupando 14.2 metros cuadrados, frente al local de la Avda. Alfredo Arocena N° 1649, donde se ubica el establecimiento de su propiedad, que gira en el rubro gastronómico.
        2.- Fijar en la suma de U.R. 7,1 (Unidades Reajustables siete con uno), el importe a pagar en concepto de derechos de ocupación, que se hará efectivo dentro de los primeros diez días hábiles de cada mes;
        3.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Espacios Públicos y Edificaciones y al Servicio Central de Inspección General; y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 8 para la notificación a la firma interesada y demás efectos.
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

SUSANA CAMARÁN,CONCEJAL