Resolución N° 201/14/0116
Nro de Expediente:
3270-002374-13
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/7/2014


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa al Sr. Marcelo Feijoo, C.I. 1.788.065-7, por no reparar la vereda frente a su domicilio, sito en la calle José A. Cabrera Nos. 3665 y 3665 Bis , Padrón Nº 67724

Montevideo, 3 de Julio de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda en mal estado frente a la calle José A. Cabrera Nos. 3665 y 3665 Bis, Padrón Nº 67724 de la cual es propietario el Sr. Marcelo Feijoo, C.I. 1.788.065-7, con domicilio a los efectos legales en la calle Tacuarembó Nº 1442 esc. 1020;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 intimó al titular de obrados a la reparación de la vereda de que se trata;
        2o.) que según notificación del día 20/07/2013, se intimó a reparar la vereda frente a la dirección José A. Cabrera Nos. 3665 y 3665 Bis, Padrón Nº 67724;
        4o.) que en inspección profesional se constató que los trabajos solicitados no fueron realizados, por lo que se sugiere la aplicación de una multa U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco), según lo establecido en los Arts. D. 2179 y D 2213, del Volumen VII, Titulo II de las Veredas del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) al Sr. Marcelo Feijoo, C.I. 1.788.065-7, responsable de la vereda frente a su propiedad sita en la calle José A. Cabrera Nos. 3665 y 3665 Bis, Padrón Nº 67724, con domicilio a los efectos legales en la calle Tacuarembó Nº 1442 esc. 1020, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MILTON BADANO,CONCEJAL (I)