Resolución N° 249/23/0116
Nro de Expediente:
2023-1238-98-000059
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/12/2023


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 7 U.R. a la empresa Estudio Oliver SRL, sito en la calle Mario Cassinoni Nº 1246, por vertimiento de mezcla en la vía pública en la calle Comodoro Coe Nº 3939.

Montevideo, 15 de Diciembre de 2023.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la empresa Estudio Oliver S.R.L, R.U.T 214 938 480 017, ubicada en la calle Mario Cassinoni Nº 1246;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar el vertimiento de mezcla en la vía pública, en la calle Comodoro Coe Nº 3939, por lo que se intimó a regularizar la situación;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 7 U.R. en virtud de lo dispuesto por Decreto Nº 21.626, Art. 4, Lit. B, Nral, 17;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 7 U.R. (siete unidades reajustables) a la empresa Estudio Oliver S.R.L, R.U.T 214 938 480 017, ubicada en la calle Mario Cassinoni Nº 1246.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

EDUARDO CORREA,CONCEJAL