Resolución N° 366/11/0116
Nro de Expediente:
3270-001793-11
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/12/2011


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 a los Sres. Jorge Cazet y José Luis Silveira, propietarios de la finca ubicada en la calle Lambaré N° 2024, por vereda en mal estado.-

Montevideo, 8 de Diciembre de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda en mal estado frente a la finca sita en la calle Lambaré N° 2024, de la cual son propietarios los Sres. Jorge Cazet, C.I. 559.782 y José Luis Silveira, C.I. 1.234.293, con domicilio a los efectos legales en la calle Aispurúa N° 1965;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 intimó a los titular de obrados a la reparación de la vereda de que se trata;
        2o.) que en inspección profesional se constató que los trabajos solicitados no fueron realizados, por lo que se sugiere la aplicación de una multa U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco), según Volumen VII, Titulo II, Capítulo V, Artículo D 2213;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a los Sres. Jorge Cazet, C.I. 559.782 y José Luis Silveira, C.I. 1.234.293, responsables de la vereda frente a la finca de su propiedad sita en la calle Lambaré N° 2024, con domicilio a los efectos legales en la calle Aispurúa N° 1965, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a los infractores y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL