Resolución N° 3/14/0116
Nro de Expediente:
0016-000847-13 0016-008392-12 3290-002679-12 3290-000423-13 3290-007132-12
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/1/2014


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 14 (unidades reajustables catorce), a la empresa Altos Perfiles S.A., RUT: 216085580014, responsable de la vereda frente al inmueble sito en Avda. Bolivia Nº 1854 y San Carlos de Bolívar nº 6019/21, padrón Nº 400414

Montevideo, 23 de Enero de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda frente al edificio sito en la Avda. Bolivia Nº 1854 y la calle San Carlos de Bolívar Nos. 6019/21, padrón Nº 400414, de la cual es responsable la empresa Altos Perfiles S.A., RUT: 216085580014, con domicilio a los efectos legales en Avda. Bolivia Nº 1854 ;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 8 con fecha 07/10/2013 intimó a la empresa responsable a acondicionar la vereda frentista al predio de su propiedad con materiales y dimensiones reglamentarias, no autorizándose la permanencia de escalones en dicho pavimento, bajo apercibimiento en caso de omisión, de las sanciones correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 14 a la empresa titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo decreto Nº 21626 del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 14 (unidades reajustables catorce) a la empresa Altos Perfiles S.A., R.U.T. 216085580014, responsable de la vereda frente al inmueble sito en la Avda. Bolivia Nº 1854 y la calle San Carlos de Bolívar Nos. 6019/21, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 8 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
MARÍA ELENA GODOY,ALCALDESA (I).-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL