Resolución N° 243/13/0116
Nro de Expediente:
0016-002481-11 0016-008565-12 0016-007182-13
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/12/2013


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Autorizar la prórroga de 3 meses de los convenios en tareas de barrido manual de calles llevadas a cabo por la Asociación Civil San Francisco de Sales (Padres Salesianos).-

Montevideo, 9 de Diciembre de 2013.-
 
      VISTO: que por Resolución N° 4652/11 de fecha 11/X/2011, (fs. 79, Expediente N° 0016-002481-11) se aprobaron las cláusulas del convenio suscrito entre el Municipio E y la Asociación Civil San Francisco de Sales, (Padres Salesianos) en adelante la Asociación, referente a la realización de tareas de barrido manual de calles en el territorio del Municipio E, sub zonas de los Centros Comunales Zonales Nos. 6 y 8;
      RESULTANDO: 1o.) que en la Cláusula Cuarta de los respectivos contratos, se estipulaba que tendrían una duración de 1 (un) año respectivamente, a partir del 02/I/2012, pudiendo ser renovados, evaluación mediante, por única vez, por un plazo equivalente;
      2o.) que por Resolución N° 253/12/0116 de fecha 13/XII/2013 (fs. 3, Expediente N° 0016-008565-12) se aprobó la renovación de los citados convenios, por el término de 1 (un) año;
      3o.) que ante la proximidad de vencimiento de dicha renovación, el Área de Convenios del Municipio E informa con fecha 28/XI/2013, que se encuentra tramitando el llamado a Licitación correspondiente, pero que debido a cambios que se instrumentaron en los Pliegos, resultará imposible llegar en tiempo y forma para cumplir con los plazos establecidos, sugiriendo que autorice una prórroga de 3 (tres) meses en las mismas condiciones que venía llevándose el convenio;
      4o.) que la Asociación a fs. 2 manifiesta su conformidad;
      5o.) que el gasto está previsto presupuestalmente;
      CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10, se entiende pertinente proveer de conformidad;
      2o.) que el Gobierno Municipal en su sesión del día 04/XII/2013 aprobó es de opinión favorable en que se apruebe el Proyecto de Convenio, propuesto;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL E
      RESUELVE:
      1o.-Autorizar la prórroga de 3 (tres) meses de los convenios en tareas de barrido manual de calles a partir del 04/I/2014, llevados a cabo por la Asociación Civil San Francisco de Sales, (Padres Salesianos), autorizados por Resolución N° 4652/11 de fecha 11/X/11 y renovados por Resolución N° 253/12/0116 de fecha 13/XII/2012, en las sub zonas de los Centros Comunales Zonales Nos. 6 y 8.
      2o.-Aprobar el tesxto del convenio de donación modal a suscribirse entre este Municipio y la Asociación Civil San Francisco de Sales, (Padres Salesianos) en los siguientes términos:
      PRORROGA DONACIÓN MODAL: En la ciudad de Montevideo, el día _____ del mes de ____________ de dos mil trece, comparecen: POR UNA PARTE: El Municipio E, (en adelante, el Municipio), con domicilio en Avenida Bolivia s/n, Estadio Charrùa de Montevideo, representada en este acto por la Sra. Susana Camarán, C.I. 1.954.314- 2, en su calidad de Alcaldesa y en representación del mismo, y POR OTRA PARTE: La Asociación Civil “San Francisco de Sales, (Padres Salesianos), en adelante denominada la ONG, representado por el Sr. Néstor Luis Castell Henderson, C.I. N° 3.062.117, en su calidad de apoderado, cuyo poder se acompaña, con domicilio en la Avda. Agraciada N° 3181, quienes convienen lo siguiente: ANTECEDENTES: 1) El Municipio y la citada ONG firmaron 1 (un) convenio socio educativo laborale, aprobado por Resolución N° 4652/11 de fecha 11/X/2011, en tareas de barrido manual de calles en el territorio del Municipio E, en la sub zona del Servicio Centro Comunal Zonal N° 8. La Cláusula Cuarta del citado convenio, hace referencia a que el mismo tendrá una duraxión de 1 (un) año, pudiendo ser renovados de existir acuerdo expreso de las partes y una buena evaluación de sus resultados. 2) Que por Resolución N° 253/12/0116 de fecha 13/XII/2012 se autorizó la renovación por un período igual a partir del 31/XII/2013, ante la proximidad de caducación de su vigencia, se hace necesario acordar una prórroga por 3 (tres) meses más, a fin de culminar con los procedimientos de Licitación en trámite. CLÁUSULA PRIMERA: El Municipío y la ONG acuerdan prórrogar el convenio de referencia, en la sub zona del servicio Centro Comunal Zonal N° 8, por el término de 3 (tres) meses, a partir del 04/I/2014 hasta el 04/IV/2014 inclusive, en las mismas condiciones que fuera acordado en convenio original, a efectos de cubrir el período enero - abril y mientras se culmina el proceso licitatorio por parte del Área de Convenios del Municipio.CLÁUSULA SEGUNDA: El Municipio transferirá a la ONG en carácter de donación modal para la sub zona del C.C.Z. N° 8 la suma total de $ 863.673,75 (Pesos Uruguayos ochocientos sesenta y tres mil seiscientos setenta y tres con setenta y cinco), pagaderos en 3 (tres) cuotas mensuales iguales y consecutivas de $ 287.891,25 (Pesos Uruguayos doscientos ochenta y siete mil ochocientos noventa y uno con veinticinco), que se harán efectivas del 1° al 10 de los meses de enero a abril. El ajuste previsto será según la variación del IPC. Y la suma de $ 346.266,45 (Pesos Ururguayos trescientos cuarenta y seis mil doscientos sesenta y seis con cuarenta y cinco) para gasto de funcionamiento (adquisición de uniformes, bolsas, herramientas y arrendamientos de vehículos, etc). La presente donación podrá ser ampliada en un 10% del monto donado, esto es, hasta la suma de $ 120.994, 40 (Pesos Uruguayos ciento veninte mil novecientos noventa y cuatro con cuarenta) en caso de situaciones imprevistas (temporales, trabajos extraordinarios, limpiezas especiales, difusión de las tareas que realiza dicha organización, apoyo a campañas de sensibilización Ambiental, comunicaciones, ampliaciones de zona, etc).
      3o.-Aprobar el texto del convenio de donación modal a suscribirse entre el Municipio E y la Asociación Civil "San Francisco de Sales" (Padres Salesianos) en los siguientes términos: PRORROGA DE DONACIÓN MODAL. En la ciudad de Montevideo, el día........, del mes....... de 2013, comparecen: En la ciudad de Montevideo, el día _____ del mes de ____________ de dos mil trece, comparecen: POR UNA PARTE: El Municipio E, (en adelante, el Municipio), con domicilio en Avenida Bolivia s/n, Estadio Charrùa de Montevideo, representada en este acto por la Sra. Susana Camarán, C.I. 1.954.314- 2, en su calidad de Alcaldesa y en representación del mismo, y POR OTRA PARTE: La Asociación Civil “San Francisco de Sales, (Padres Salesianos), en adelante denominada la ONG, representado por el Sr. Néstor Luis Castell Henderson, C.I. N° 3.062.117, en su calidad de apoderado, cuyo poder se acompaña, con domicilio en la Avda. Agraciada N° 3181, quienes convienen lo siguiente: ANTECEDENTES: 1) El Municipio y la citada ONG firmaron 1 (un) convenio socio educativo laborale, aprobado por Resolución N° 4652/11 de fecha 11/X/2011, en tareas de barrido manual de calles en el territorio del Municipio E, en la sub zona del Servicio Centro Comunal Zonal N° 6. La Cláusula Cuarta del citado convenio, hace referencia a que el mismo tendrá una duraxión de 1 (un) año, pudiendo ser renovados de existir acuerdo expreso de las partes y una buena evaluación de sus resultados. 2) Que por Resolución N° 253/12/0116 de fecha 13/XII/2012 se autorizó la renovación por un período igual a partir del 31/XII/2013, ante la proximidad de caducación de su vigencia, se hace necesario acordar una prórroga por 3 (tres) meses más, a fin de culminar con los procedimientos de Licitación en trámite. CLÁUSULA PRIMERA: El Municipío y la ONG acuerdan prórrogar el convenio de referencia, en la sub zona del servicio Centro Comunal Zonal N° 6, por el término de 3 (tres) meses, a partir del 04/I/2014 hasta el 04/IV/2014 inclusive, en las mismas condiciones que fuera acordado en convenio original, a efectos de cubrir el período enero - abril y mientras se culmina el proceso licitatorio por parte del Área de Convenios del Municipio.CLÁUSULA SEGUNDA: El Municipio transferirá a la ONG en carácter de donación modal para la sub zona del C.C.Z. N° 6 la suma total de $ 682.157,7 (Pesos Uruguayos seiscientos ochenta y dos mil ciento cincuenta y siete con siete), pagaderos en 3 (tres) cuotas mensuales iguales y consecutivas de $ 227.385,9 (Pesos Uruguayos doscientos veintisiete mil trescientos ochenta y cinco con nueve), que se harán efectivas del 1° al 10 de los meses de enero a abril. El ajuste previsto será según la variación del IPC. Y la suma de $ 328.681,44 (Pesos Ururguayos trescientos veintiocho mil seiscientos ochenta y uno con cuarenta y cuatro) para gasto de funcionamiento (adquisición de uniformes, bolsas, herramientas y arrendamientos de vehículos, etc). La presente donación podrá ser ampliada en un 10% del monto donado, esto es, hasta la suma de $ 101.083,9 (Pesos Uruguayos ciento un mil ochenta y tres con nueve) en caso de situaciones imprevistas (temporales, trabajos extraordinarios, limpiezas especiales, difusión de las tareas que realiza dicha organización, apoyo a campañas de sensibilización Ambiental, comunicaciones, ampliaciones de zona, etc).. Se firman 3 (tres) ejemplares de igual tenor, en lugar y fecha indicados en el acápite.
      4o.-Que el gasto está previsto presupuestalmente.
      5o.-Comuníquese a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación y pase - por su orden- a la Contaduría General y al Municipio E para la suscripción del convenio de referencia.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MARCELO CAPORALE,CONCEJAL