Resolución N° 49/20/0116
Nro de Expediente:
2016-3270-98-000247
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/2/2020


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 2 U.R. a la empresa Yelers S.A. propietaria del predio empadronado con el Nº 150.850, sito en la Rbla. Euskal Erría Nº 4070, por no mantenerlo en condiciones de higiene.

Montevideo, 19 de Febrero de 2020.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el predio empadronado con el Nº 150.850, sito en la Rbla. Euskal Erría Nº 4070, propiedad de la empresa Yelers S.A., RUT 216793460017;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal N° 6, se pudo comprobar que se encuentra en malas condiciones de higiene intimándo a regularizar la situación, 1er. Reincidencia;
        2º) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de 2 U.R. en aplicación a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
        3º) que habiéndose otorgado vista de la multa a aplicarse, no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 2 U.R. (dos unidades reajustable) a la empresa Yelers S.A., RUT 216793460017, propietaria del predio empadronado con el Nº 150.850, sito en la Rbla. Euskal Erría Nº 4070, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Libertador Brig. Gral. Lavalleja Nº 1641 Apto. 401.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL