Resolución N° 367/11/0116
Nro de Expediente:
3270-004553-11 3270-009155-10
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
8/12/2011


Tema:
MULTA OCUPACION DE VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5.33 a la empresa unipersonal Mariana Rama Bandera, propietaria del salón ubicado en Camino Carrasco N° 4896 Bis, por ocupación de la vereda con mercaderías.-

Montevideo, 8 de Diciembre de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la ocupación de vereda por parte de la empresa unipersonal Mariana Rama Bandera, C.I. 3.776.377-6, R.U.T. 216557490013, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 en la fecha 5 de mayo de 2011 se comprobó la ocupación de vereda con mercaderías;
        2o.) que la interesada presentó nota que luce a fojas 31 efectuando descargos que no son de recibo;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 5.33 a la empresa titular de obrados, por infracción al Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 5.33 (unidades reajustables cinco con treinta y tres) a la empresa unipersonal Mariana Rama Bandera, C.I. 3.776.377-6, R.U.T. 216557490013, destinada a salón, con domicilio en Camino Carrasco No. 4896 Bis, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6 para notificación a la empresa infractora y demás efectos.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL