Resolución N° 206/24/0116
Nro de Expediente:
2024-3290-98-000131
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
30/10/2024


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de 20 U.R. y otra de 2 U.R a la empresa Aurea Hotel Residencial S.A.S., RUT 219551950017, destinada a residencial, ubicada en la calle Arq. H. Acosta y Lara Nº 7293, padrón 405170, por falta de Declaración Jurada de Residuos Sólidos No Domiciliarios y por arrojar desperdicios de cualquier clase en la vía pública, respectivamente

Montevideo, 30 de Octubre de 2024.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a residencial de adultos mayores, ubicado en la calle Arq. H. Acosta y Lara Nº 7293, padrón 405170, que tiene como responsable a la empresa Aurea Hotel Residencial S.A.S., RUT 219551950017;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con Declaración Jurada de Residuos Sólidos No Domiciliarios y se detectó que arrojaron desperdicios en la vía pública;
        2º) que correspondería aplicar una multa de 20 U.R. en virtud de lo dispuesto por el D.1928.15 Nral. 9, y otra multa de 2 U.R según lo dispuesto por el D.21626, Secc. III, Lit. B, Nral. 1, respectivamente, por las irregularidades planteadas;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) y otra de 2 U.R (dos unidades reajustables) a la empresa Aurea Hotel Residencial S.A.S., RUT 219551950017, responsable del establecimiento destinado a residencial de adultos mayores, ubicado en la calle Arq. H. Acosta y Lara Nº 7293, padrón 405170, con domicilio a los efectos legales en la calle Bvar. España Nº2873 apto. 901.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL