Resolución N° 245/14/0116
Nro de Expediente:
3270-000894-11
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
31/7/2014


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 al local destinado a fábrica de alambres, ubicada en la calle Miguel Ángel Nº 3827, propiedad de la empresa unipersonal Sergio Curra, por falta de habilitaciones Municipales (SIME y Gestión de Residuos Sólidos no Domiciliarios).-

Montevideo, 31 de Julio de 2014.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la fábrica de alambres, sita en la calle Miguel Ángel N° 3827, perteneciente a la empresa unipersonal Sergio Curra, C.I.1.305.057-3, RUT. 213059980014 con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6, se pudo comprobar que carece de Habilitación Municipal (Instalaciones Mecánicas y Eléctricas y Gestion de Residuos Sólidos no Domiciliarios - DGRSND) intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber regularizado los trámites correspondientes;
        2o.) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 5 a la empresa titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) empresa unipersonal Sergio Curra, C.I. 1.305.057-3, RUT. 213059980014, responsable de la fábrica de alambres, sita en la calle Miguel Ángel N° 3827, con igual domicilios a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, si la multa permaneciera impaga, este Municipio comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro de la misma.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL