Resolución N° 37/19/0116
Nro de Expediente:
2016-9043-98-000002
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/2/2019


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica multa de 10 UR a la empresa GABANA SRL, propietaria del establecimiento destinado a parrillada y pizzería, con domicilio en Avda. Mcal. Francisco Solano López No. 1822 por falta de habilitación del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas-.

Montevideo, 26 de Febrero de 2019.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a restaurante, pizzería y parrillada, propiedad de la Firma GABANA S.R.L., R.U.T. 216251190012, sito en la Avda. Mcal. Francisco Solano López N° 1822, con igual domicilio a los efectos legales;
      RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con la habilitación del Servicio de Instalaciónemes Mecánicas y Eléctricas, por lo que se intimó a presentar los comprobantes correspondientes;
        2o.) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 10 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Arts. 14º del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
      CONSIDERANDO: 1o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL E
      RESUELVE
      1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez) a la firma GABANA S.R.L., R.U.T. 216251190012, propietaria del establecimiento destinado a restaurante, pizzería y parrillada, ubicado en la Avda. Mcal. Francisco Solano López N° 1822, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2.-Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
      3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL