Resolución N° 237/16/0116
Nro de Expediente:
2016-1235-98-000038
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/9/2016


Tema:
MULTA CERCO REGLAMENTARIO

Resumen:
Aplicar multa de U.R. 8 a los propietarios de la finca sita en la calle Palermo Nº 5748, padrón Nº 403.029 Sres. Claudio Saldaña, C.I. 1.455.698-2 y Graciela Calzolari, C.I 1.190.782-3 por modificación de cerco divisorio

Montevideo, 23 de Setiembre de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7 relacionadas con la finca Padrón N°403.029, ubicada en la calle Palermo Nº 5748, propiedad del Sr. Claudio Saldaña, C.I. 1.455.698-2 y de la Sra. Graciela Calzolari, C.I. 1.190.782-3, con igual dirección a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el día 19/XI/15, en inspección realizada a la finca de referencia se pudo constatar la modificación del cerco divisorio, por lo que se intimó a los propietarios a retirar la anomalía comprobada;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7, manifiesta que no se ha dado cumplimiento a lo oportunamente intimado, por lo que propone la aplicación de una multa de U.R. 8, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, Sec. II, Art.3º, num 7 ;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 8 (Unidades Reajustables ocho) al Sr. Claudio Saldaña, C.I. 1.455.698-2 y a la Sra. Graciela Calzolari, C.I. 1.190.782-3 domiciliados en la calle Palermo Nº 5748, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a los infractores y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL