Resolución N° 239/22/0116
Nro de Expediente:
2021-3290-98-000301
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/11/2022


Tema:
MULTA FALTA DE HIGIENE

Resumen:
Se aplica una multa de 1 U.R y otra de 4 U.R. al Sr. Eduardo Krasnianski, propietario del predio Padrón Nº 431276, sito en la calle Pedro Beranger Nº 2281, por falta de limpieza y cerco perimetral reglamentario.

Montevideo, 23 de Noviembre de 2022.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el predio empadronado con el Nº 431276, ubicado en la calle Pedro Beranger Nº 2281, propiedad del Sr. Eduardo Krasnianski, DNI Argentino Nº 7593587;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar dicho predio se encuentra en malas condiciones de limpieza y no cuenta con el cerco perimetral reglamentario, por lo que se intimó a regularizar la situación;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado, correspondería aplicar una multa de 1 U.R, por falta de limpieza según Decreto Nº 21.626, Secc. III, Art. 14, Lit. b, Nral. 19 y otra de 4 U.R., por falta de cerco perimetral reglamentario, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección II, Art. 3, Nrales. 6 y 7;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y los descargos presentados no fueron de recibo;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 1 U.R (una unidad reajustable) y otra de 4 U.R. (cuatro unidades reajustables) al Sr. Eduardo Krasnianski, DNI Argentino Nº 7593587, propietario del predio empadronado con el Nº 431276, ubicado en la calle Pedro Beranger Nº 2281, por falta de limpieza y cerco perimetral reglamentario.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de las sumas adeudadas dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar al infractor y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

CRISTINA CAFFERATTA,CONCEJAL