Resolución N° 31/12/0116
Nro de Expediente:
3280-003493-10
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/2/2012


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8.1625 a la firma Ahora S.R.L., R.U.T. 215527370011, propietario Sr. Francisco Arocena, C.I. 2.829.782-1, propietario del local ubicado en la calle Michigan N° 1404, Padrón N° 61241/002-

Montevideo, 23 de Febrero de 2012.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento sito en la calle Michigan N° 1404, Padrón N° 61241/002, de la cual es responsable la firma Ahora S.R.L., R.U.T. 215527370011, Sr. Francisco Arocena, C.I. 2.829.782-1, con domicilio a los efectos legales en la calle Michigan N° 1406 Apto. 2;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 7 informa que pese al tiempo transcurrido no se han levantado las observaciones efectuadas (presentación de nuevos gráficos - actualizar ubicación de marquesina-, dotar de desague pluvial reglamentario, retiro de los cerramientos de PVC - el uso de la marquesina a otros fines no previstos en la referida normativa, requiere la autorización aprobada por ocupación expedida por el Servicio de Regulación Territorial), por lo que se aconseja aplicar una multa de U.R. 8,1625, por infracción a lo establecido en el Art. 3o., inc. 16 del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 8,1625 (Unidades Reajustables ocho con mil seiscientas veinticinco diezmilésimas) a la firma Ahora S.R.L., R.U.T. 215527370011, Sr. Francisco Arocena, C.I. 2.829,782-1, responsable del establecimiento sito en la calle Michigan N° 1404, Padrón N° 61241/002, con domicilio a los efectos legales en la calle Michigan N° 1406 Apto. 2, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL