Resolución N° 227/20/0116
Nro de Expediente:
2018-3290-98-000384
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
23/12/2020


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 25 U.R. a la empresa Fideicomiso IX, Administración Shopping Mall, ubicada en la Avda. Alfredo Arocena Nº 1680, por falta de habilitación del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas.

Montevideo, 23 de Diciembre de 2020.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el Shopping Mall ubicado en la Avda. Alfredo Arocena Nº 1680, propiedad de la empresa Fideicomiso IX, RUT 216974140014;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con la habilitación del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, por lo que se intimó a presentar los comprobantes de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 25 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 14º, Sección XIII del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 25 U.R. (veinticinco unidades reajustables) a la empresa Fideicomiso IX, RUT 216974140014, Administración Shopping Mall, ubicado en la Avda. Alfredo Arocena Nº 1680, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUÍZ,ALCALDESA.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL