Resolución N° 58/23/0116
Nro de Expediente:
2016-9677-98-000002
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/3/2023


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 38 a la empresa Criolla Eventos S.R.L., destinada a salón de fiestas y eventos, ubicada en la Avda. Bolivia Nº 2455, por falta de Habilitación Comercial, 1ra. Reincidencia.

Montevideo, 24 de Marzo de 2023.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a salón de fiestas y eventos, sito en la Avda. Bolivia Nº 2455, propiedad de la empresa Criolla Eventos S.R.L., R.U.T 215901410013;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con habilitación comercial, 1ra. Reincidencia, por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 38 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección XIII, Art. 22;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 38 U.R. (treinta y ocho unidades reajustables) a la empresa Criolla Eventos S.R.L., R.U.T 215901410013, propietaria del establecimiento destinado a salón de fiestas y eventos, sito en la Avda. Bolivia Nº 2455, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.
MERCEDES RUIZ,ALCALDESA.-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL