Resolución N° 6/13/0116
Nro de Expediente:
3270-008151-10 3270-008146-10
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/1/2013


Tema:
MULTA CERCO REGLAMENTARIO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 36.7315 al Sr. José Silveira, propietario del terreno baldío padrón N° 67245, ubicado en la calle Lambaré N° 2024 por falta de cerco reglamentario, 2° Reincidencia.-

Montevideo, 10 de Enero de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6, relacionadas con el terreno baldío padrón N° 67245, ubicado en la calle Lambaré N° 2024, propiedad del Sr. José Silveira, C.I. 1.234.293-7, domiciliado en la calle Aizpurúa N° 1965, con igual dirección a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el 29/03/12, en inspección realizada al terreno de referencia se pudo constatar que pese a las multas aplicadas (Res. Nos. 234/11/0116 de fecha 14/VII/11 y 14/12/0116 de fecha 26/I/12) no se constuyó el cerco correspondiente;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6 propone la aplicación de una multa de U.R. 36,7315, por tratarse de 2° Reincidencia, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, Régimen Punitivo Municipal vigente;
        3o.) que este Municipio se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 36,7315 (Unidades Reajustables treinta y seis con siete mil trescientas quince diezmilésimas) al Sr. José Silveira, C.I. 1.234.293-7, domiciliado en la calle Aizpurúa N° 1965, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA .-

MILTON BADANO,CONCEJAL (I)