Resolución N° 27/16/0116
Nro de Expediente:
3270-004273-15
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/2/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa a la empresa Río de Octubre S.A., R.U.T. 216059040016, por no reparar la vereda frente a su domicilio, sito en el padrón N° 424725.-

Montevideo, 20 de Febrero de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda en mal estado en el padrón Nº 424725 frente a la calle Ignacio Núñez y frente a la calle Cardal, de la cual es propietaria la empresa Río de Octubre S.A., R.U.T. 216059040016, con domicilio a los efectos legales en la calle Pedro Domingo Murillo Nº 6270;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 intimó a la firma titular de obrados a la reparación de la vereda de que se trata;
        2o.) que en inspección profesional se constató que los trabajos solicitados no fueron realizados, por lo que se sugiere la aplicación de una multa por U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco), según lo establecido en los Arts. D. 2179 y D 2213, del Volumen VII, Titulo II de las Veredas del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa por U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) a la firma Río de Octubre S.A., R.U.T. 216059040016, responsable de la vereda frente a su propiedad, padrón N° 424725, sita frente a las calles Ignacio Núñez y Cardal, con domicilio a los efectos legales en la calle Pedro Domingo Murillo Nº 6270, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

SUSANA CAMARAN,CONCEJAL