Resolución N° 53/17/0116
Nro de Expediente:
2016-0016-98-000289
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
16/3/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 10 U.R. a Dratech S.A., propietaria del establecimiento destinado a impermeabilización de azoteas, sito en la calle Sevilla Nº 1905, por falta de habilitaciones (Declaración Jurada-Microempresa) 2da. Reincidencia.

Montevideo, 16 de Marzo de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a impermeabilización de azoteas, sito en la calle Sevilla Nº 1905, propiedad de Dratech S.A., RUT 214557740013;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal N° 6, se pudo comprobar que carecía de las habilitaciones (Declaración Jurada- Microempresa) - 2da. Reincidencia, intimándosele a presentar los comprobantes de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de 10 U.R., en aplicación a lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626 de 23/IV/84;
        3º) que habiéndose otorgado vista de la multa a aplicarse, no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables) a Dratech S.A., R.U.T. 214557740013, propietaria del establecimiento destinado a impermeabilización de azoteas, sito en la calle Sevilla Nº 1905 con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE (I).-

SUSANA CAMARÁN,CONCEJAL