Resolución N° 48/12/0116
Nro de Expediente:
3270-009417-10 0016-006161-11
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
15/3/2012


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 5 al Sr. Pablo Dagli Ríos, C.I. 3.718.959-2, propietario de la Barraca de Materiales de Construcción, ubicada en la calle Dr. Alejandro Gallinal N° 2059, por tener la vereda en malas condiciones.-

Montevideo, 15 de Marzo de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda en mal estado frente a la Barraca Gallinal sita en la calle Dr. Alejandro Gallinal N° 2059, de la cual es propietario el Sr. Pablo Daglio Ríos, C.I. 3.718.959-2, con domicilio a los efectos legales en la calle Humaitá N° 2788/A/004 ;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 6 intimó al titular de obrados a la reparación de la vereda de que se trata;
        2o.) que en inspección profesional se constató que trabajos solicitados no fueron realizados, por lo que se sugiere la aplicación de una multa U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco), según Volumen VII, Titulo II, Capítulo V, Artículo D 2213;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencia asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 5 (Unidades Reajustables cinco) al Sr. Pablo Daglio Ríos, C.I. 3.718.959-2, responsable de la vereda frente a la Barraca Gallinal de su propiedad sita en la calle Dr. Alejandro Gallinal N° 2059, con domicilio a los efectos legales en la calle Humaitá N° 2788/A/004, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

NICOLÁS MARTINELLI,CONCEJAL