Resolución N° 35/24/0116
Nro de Expediente:
2024-3290-98-000020
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/2/2024


Tema:
MULTA HABILITACIONES

Resumen:
Se aplica una multa de 10 U.R. a la empresa Detailing Studio, Razón Social Rony Fabian García Vispo, propietaria del establecimiento comercial ubicado en la Avda. Bolivia No. 2054, por falta de habilitación municipal (Habilitación Comercial, Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, Declaración Jurada de Residuos Sólidos No Domiciliarios y Viabilidad de Uso)

Montevideo, 21 de Febrero de 2024.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento comercial ubicado en la Avda. Bolivia No. 2054, propiedad de la empresa Detailing Studio, Razón Social Rony Fabian García Vispo, RUT 020 361 470 015;
        RESULTANDO: 1º) que en inspección realizada se pudo comprobar que dicho emprendimiento no cuenta con habilitación municipal (Habilitación Comercial, Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, Declaración Jurada de Residuos Sólidos No Domiciliarios y Viabilidad de Uso), por lo que se intimó a presentar el comprobante de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 10 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 21.626, Sección XIII, Art. 14º, Inciso a), Numeral 1;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables) a la empresa Detailing Studio, Razón Social Rony Fabian García Vispo, RUT 020 361 470 015, propietaria del establecimiento comercial ubicado en la Avda. Bolivia No. 2054, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la empresa infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 8.-
MERCEDES RUIZ,ALCALDE.-

SANTIAGO ARMAS,CONCEJAL