Resolución N° 318/17/0116
Nro de Expediente:
2016-1234-98-000010
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/12/2017


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Se aplica una multa de 8 U.R. a Anán S.A., propietaria del establecimiento destinado a autoservicio, sito en la Avda. Mcal. Francisco Solano López Nº 1599, por no levantar las observaciones correspondientes a la solicitud de saliente desmontable.

Montevideo, 20 de Diciembre de 2017.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a autoservicio, sito en la Avda. Mcal. Francisco Solano López Nº 1599, propiedad de Anán S.A., RUT 211332020019;
        RESULTANDO: 1º) que se formularon observaciones correspondientes a la solicitud de saliente desmontable, por lo que se intimó a su regularización;
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 8 U.R. en virtud de lo dispuesto por el Art. 3º, numeral 16, Sección II del Decreto Nº 21.626 del 23/IV/84;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y no se presentaron descargos;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1º.- Aplicar una multa de 8 U.R. (ocho unidades reajustables) a Anán S.A., propietaria del establecimiento destinado a autoservicio, sito en la Avda. Mcal. Francisco Solano López Nº 1599, con igual domicilio a los efectos legales.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Sector Despacho de este Municipio para notificar a la infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.
AGUSTÍN LESCANO,ALCALDE (I).-

ELSA DÍAZ,CONCEJAL