Resolución N° 147/24/0116
Nro de Expediente:
2022-9660-98-000055
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
31/7/2024


Tema:
MULTA HUMEDADES

Resumen:
Se aplica una multa de 20 U.R. a la Agencia Nacional de Vivienda y copropietarios, por humedades que afectan la habitabilidad de la Unidad 502, Block L, Padrón 426.433.-

Montevideo, 31 de Julio de 2024.-
 
        VISTO: los problemas de humedades existentes en la Unidad. 502, Block L, del Padrón 426.433, sito en Rbla. Euskalerría, esquina Mataojo;
        RESULTANDO: 1º) que luego de realizadas las inspecciónes, se intimó a los copropietarios de las Unidades 002, 201, 701, 801, 901 y 1002 que escrituraron sus viviendas y a la Agencia Nacional de Vivienda., como propietaria de las Unidades 001, 101, 102, 202, 301, 302, 401, 402, 501, 502, 601, 602, 702, 802, 902 y 1001, a tomar las medidas necesarias para detener las filtraciones de humedad hacia la unidad 502, el problema se debe a fallas en las instalaciones sanitarias alojadas en el ducto común del edificio.
        2º) que verificado el incumplimiento de lo intimado correspondería aplicar una multa de 20 U.R. en virtud de lo dispuesto en la Sección II, Art. 3º, numeral 12, inc. a, del Decreto Nº 21.626;
        3º) que se otorgó vista de la multa a aplicarse y los descargos presentados no son de recibo;
        CONSIDERANDO: las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 del 9/VIII/10 y su modificativa 3797/10 del 23/VIII/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a los co-propietarios y a la Agencia Nacional de Vivienda por problemas de humedades que afectan la habitabilidad de la Unidad. 502, Block L, del

        Padrón 426.433, sito en Rbla. Euskalerría, esquina Mataojo.
        Se detallan los copropietarios de dicho padrón por unidad:
        Unidad 002: María Lourdes Adriana Acosta Salomón. CI 1.648.822-4, domiciliada en el Complejo Euskalerría CH 70, Torre L 13, apto. 002.
        Unidad 201: Isabel Castro Rey, C.I 1.307.269-6, domiciliada en la calle Alberto Zum Felde Nº 1638.
        Unidad 701: Humberto Omar Falcón Núñez y Lilia Elsa Berardi Espinosa, CI 880.906-6 y 1.043.391-6 respectivamente, domiciliados en la calle Guayabo Nº 1694/403.
        Unidad 801: Gustavo Anselmo de los Santos Machado CI 3.658.102-0, domiciliado en Euskalerría 70, Torre 13, apto. 801.
        Unidad 901: 1) Martha Alicia y Enrique Carlos Migues Acosta, CI 1.355.950-7 y 1.213.627-1 respectivamente, domiciliados en Rbla. Euskalerría 4477/901, block L.
        2) Mirta Alejandra Acosta Vila, CI 653.789-3, domiciliada en Rbla. Euskalerría 4477/901, block L.
        Unidad 1002: Sylvia Susana Njers Kodelja, CI 1.401.333-6, domiciliada en Euskalerría 70, Torre 13/1002.
        Las Unidades 001, 101, 102, 202, 301, 302, 401, 402, 501, 502, 601, 602, 702, 802, 902 y 1001 pertenecen a la Agencia Nacional de Vivienda, con domicilio legal en la calle Cerrito Nº 400.
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para su cobro.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase por su orden al Departamento de Secretaría General para notificar a la

        Agencia Nacional de Viviendas, cumplido, pase al Despacho para notificar a los infractores, cumplido pase al Servicio Centro Comunal Zonal N° 6.-
PEDRO SEHABIAGUE,ALCALDE (I).-

EDUARDO CORREA,CONCEJAL