Resolución N° 41/12/0116
Nro de Expediente:
3280-010723-09
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
2/3/2012


Tema:
MULTA CERCO REGLAMENTARIO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 16.3251 por falta de cerco reglamentario y otra de U.R. 5.33 por falta de higiene en el predio al Sr. Daniel Demellim, propietario del terreno ubicado frente a la calle Oviedo N° 4670 y Ñangaripe N° 1777.-

Montevideo, 2 de Marzo de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7, relacionadas con el terreno baldío padrón N° 146376, ubicado frente a la calle Oviedo N° 4670 y Ñangaripe N° 1777, propiedad del Sr. Raúl Demelli, C.I. 987.398-9, domiciliado en la calle Elias Regules N° 154 (Paso Carrasco), con igual dirección a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el 12/04/12, en inspección realizada al terreno de referencia se pudo constatar que el mismo tiene cerco incompleto, el cual fue derrumbado y nunca se solucionó, y además se pudo observar maleza muy crecida, por lo que se intimó al propietario a solucionar las anomalías comprobadas;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 7 el 30/11/11, manifiesta que no se ha dado cumplimiento a lo oportunamente intimado, por lo que propone la aplicación de una multa de U.R. 16.3251 (por falta del cerco reglamentario) y otra de U.R. 5.33 (por falta de higiene), por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626, Régimen Punitivo Municipal vigente;
        3o.) que este Municipio se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o) las


        competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 16.3251 (Unidades Reajustables dieciséis con tres mil doscientas cincuenta y una) y otra de U.R. 5.33 (Unidades Reajustables cinco con treinta y tres) al Sr. Raúl Demelli, C.I. 987.398-9, propietario del predio padrón N° 146.376, ubicado frente a la calle Oviedo N° 4670 y Ñangaripe N° 1777, domiciliado en la calle Elias Regules N° 154 (Paso Carrasco) con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

MARCELO CAPORALE,CONCEJAL