Resolución N° 176/16/0116
Nro de Expediente:
2016-0450-98-000008
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
26/8/2016


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Se aplica una multa de 10 UR a la Sra. Andrea Patricia Castro Sánchez, C.I. No. 4.479.688-5, por carecer de habilitación municipal (Microempresa) el establecimiento de su propiedad destinado a peluquería, ubicado en la Avda. Mariscal Francisco Solano López No. 1791.-

Montevideo, 26 de Agosto de 2016.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a peluquería, sito en la Avda. Mariscal Francisco Solano López Nº 1791, propiedad de la empresa unipersonal Andrea Patricia Castro Sánchez, C.I. No. 4.479.688-5, R.U.T. 217593630014, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal N° 7, se pudo comprobar que carecía de la Habilitación Municipal (Microempresa), intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado el trámite correspondiente;
        2o.) que comprobándose el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 a la empresa titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables el monto de la multa que se aplica por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez) a la empresa unipersonal Andrea Patricia Castro Sánchez, C.I. No. 4.479.688-5, R.U.T. 217593630014, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Mariscal Francisco Solano López No. 1791, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyentes y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación a la empresa infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
FRANCISCO PLATERO,ALCALDE.-

DIANA SPATAKIS,CONCEJAL