Resolución N° 254/11/0116
Nro de Expediente:
3290-004950-11
 
MUNICIPIO E - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/8/2011


Tema:
MULTA - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar una multa de U.R: 14.84 y U.R. 9.89 al Sr. Juan José Storace, C.I. 878.810-5 con domicilio en la Avda. Italia N° 6924, por mutilación grado 1 y poda grado 2 de 2 árboles del ornato público.-

Montevideo, 11 de Agosto de 2011.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el propietario de la finca sita en la Avda. Italia N° 6924, Sr. Juan José Storace, C.I. 878.810-5, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 8, se pudo comprobar que se mutiló (grado 1) y se podó (grado 2) dos árboles del ornato público, notificando al interesado que presente los descargos correspondientes en el mencionado Servicio;
        2o.) que habiendo presentado descargos, los cuales no son de recibos, ya que se comprueba la intervención indebida por parte del interesado, si bien los ejemplares presentan ahuecamiento en las ramas secundarias no justifica la mutilación y la poda de los mismos, se solicita la aplicación de una multa de U.R.14.84 por mutilación (grado 1) y otra de U.R. 9.89 por poda (grado 2) al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto por los Decretos Nos. 14001 y 23372;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales hasta el máximo legal vigente;
        2o) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL E
        RESUELVE
        1.- Aplicar una multa de U.R. 14.84 (unidades reajustables catorce con ochenta y cuatro) y otra de U.R. 9.89 (Unidades Reajustables nueve con ochenta y nueve) al Sr. Juan José Storace, C.I. 878.810-5, con domicilio a los efectos legales en la Avda. Italia No. 6924, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase -por su orden- al Sector Despacho de este Municipio para notificación al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal N° 7.-
SUSANA CAMARÁN,ALCALDESA.-

JORGE MAGLIOCCA,CONCEJAL (i)