Resolución N° 237/12/0111
Nro de Expediente:
3390-001265-12
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
20/11/2012


Tema:
MULTAS VARIAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 3,9576 (unidades reajustables tres con nueve mil quinientas setenta y seis diezmilésimas) a el Sr. Víctor Chappez, C.I. 4.387.801-0 propietario del inmueble padrón 179757 sito en la calle Haití 1603 esquina Dr. Raúl Moretti, C.I. 4.387.801-0

Montevideo, 20 de Noviembre de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con l ano adecuación del muro divisorio frontal de el inmueble padrón Nº 179757 sito en la calle Haití 1603 esquina Raúl Moretti, propiedad de el Sr. Víctor Chappez, C.I. 4.387.801-0, con domicilio a los efectos legales en la calle Puerto Rico 4320;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada con fecha 24 de enero de 2012 se constata que el muro divisorio frontal no se adecúa a la reglamentación vigente;
        2o.) que en día 25 de enero del 2012 se le intima a detener la construcción y a la demolición de lo realizado;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 3,9576 al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 3, Numeral 6, Sección II del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 3,9576 (unidades reajustables tres con nueve mil quinientas setenta y seis diezmilésimas) a el Sr. Víctor Chappez, C.I. 4.387.801-0 propietario del inmueble padrón 179757 sito en la calle Haití 1603 esquina Dr. Raúl Moretti, C.I. 4.387.801-0, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 17 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A