Resolución N° 320/15/0111
Nro de Expediente:
3390-000142-14
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/12/2015


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 1 (unidades reajustables una), y otra de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro) , a la Sra. Silvana Magela Capulla Gómez, C.I. 2.890.135, propietaria del predio empadronado con el No. 23.701, ubicado sobre la calle Japón Nº 1565

Montevideo, 14 de Diciembre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza y cerco del predio ubicado sobre la calle Japón No.1565, padrón Nº 23.701, propiedad de la Sra. Silvana Mariana López Machado, C.I. 2.994.167-3, con domicilio a efectos legales en la calle Japón No.1677;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Centro Comunal Zonal No.17, se constató la falta de limpieza y cerco del predio de referencia, intimando a la propietaria a regularizar la situación;
        2o.) que ante el incumplimiento, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 1, y otra de U.R. 4 a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 4, Apartado B, Numeral 19, y Artículo 3, Apartado B, Numeral 6, respectivamente, del Decreto No.21626 del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 1 (unidades reajustables una), y otra de U.R. 4 (unidades reajustables cuatro) , a la Sra. Silvana Magela Capulla Gómez, C.I. 2.890.135, propietaria del predio empadronado con el No. 23.701, ubicado sobre la calle Japón Nº 1565, por las razones mencionadas en la parte expositiva de a presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 17 para notificación a la infractora y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A