Resolución N° 96/11/0111
Nro de Expediente:
3390-017001-05
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
3/8/2011


Tema:
MULTA VEREDAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez), al Sr. Juhber Silva, C.I. 1.850.040-4, responsable de la vereda frente al inmueble de su propiedad sito en Carlos Maria Ramirez esquina Pastor Earl Martín Smith, padrón No. 57909

Montevideo, 3 de Agosto de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la vereda frente a la vivienda sita en Carlos María Ramirez esquina Pastor Earl Martín Smith, padrón No. 57909, de la cual es responsable el Sr. Juhber Silva, C.I. 1.850.040-4, con domicilio en Maria Barza No.125 a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 17 intimó al responsable a acondicionar la vereda frentista al predio de su propiedad, bajo apercibimiento en caso de omisión, de las sanciones correspondientes;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 10 al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo D2213 del Volumen VII del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 10 (unidades reajustables diez), al Sr. Juhber Silva, C.I. 1.850.040-4, responsable de la vereda frente al inmueble sito en la calle Carlos María Ramírez esquina Pastor Earl Smith, padrón No. 57909, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 17 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A