Resolución N° 72/11/0111
Nro de Expediente:
3020-000372-10
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/6/2011


Tema:
VARIOS

Resumen:
Reiterar el gasto de $ 3.192.148 (pesos uruguayos tres millones ciento noventa y dos mil ciento cuarenta y ocho) emergentes de las Resoluciones Nos. 4/11/0111 y 26/11/0111, de fechas 26 de febrero y 25 de marzo de 2011 del Municipio A, dictadas con la conformidad del Municipio G, a favor de la Asociación Civil “Nosotros”.

Montevideo, 29 de Junio de 2011.-
 
        VISTO: que por Resoluciones Nos. 4/11/0111 y 26/11/0111, de fechas 26 de febrero y 25 de marzo de 2011 del Municipio A, con la conformidad del Municipio G, se aprobó el contrato de donación modal a suscribirse con la Asociación Civil “Nosotros”, para tareas polifuncionales en áreas verdes, jardinería y otras, en zonas de los Municipio A y G;
        RESULTANDO: 1o) que en Resolución adoptada en sesión de fecha 15 de junio de 2011 el Tribunal de Cuentas observó el gasto, por entender que contravenía lo dispuesto por los Arts. 1613 y 1615 del Código Civil;
        CONSIDERANDO: 1o ) que los Asesores Jurídicos de ambos Municipios informan que, La Asesoría Jurídica se ha pronunciado reiteradas veces sobre dicho aspecto, expresando que el contenido de los contratos que la Intendencia suscribe con distintas organizaciones sociales bajo la denominación de “donación modal” se ajusta a la naturaleza jurídica del contrato de donación;
        2o ) que indican que se trata de un instrumento jurídico que se utiliza con el fin de ejecutar las políticas sociales que lleva adelante la Administración, para lo cual ésta ejerce un acto de liberalidad, pero que no se agota en una mera liberalidad, sino que requiere el cumplimiento de ciertas obligaciones -no equivalentes- a cargo de la institución beneficiaria o donataria, que constituye precisamente el modo y que suponen normalmente el desarrollo de programas de asistencia que contribuyen a la reinserción educativa, laboral y social de los destinatarios finales de tal liberalidad;
        3o ) que en consecuencia dichos Asesores sugieren que se disponga reiterar el gasto;
        ATENTO: 1o ) a lo previsto por los Artículos 211º inciso B) de la Constitución de la República y 97º del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO A
        RESUELVE:
        1- Reiterar el gasto de $ 3.192.148 (pesos uruguayos tres millones ciento noventa y dos mil ciento cuarenta y ocho) emergentes de las Resoluciones Nos. 4/11/0111 y 26/11/0111, de fechas 26 de febrero y 25 de marzo de 2011 del Municipio A, dictadas con la conformidad del Municipio G, a favor de la Asociación Civil “Nosotros”, por las razones mencionadas en la parte expositiva de l a presente resolución.-
        2- Comuníquese a la Secretaría General, al Departamento de Recursos Financieros y a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, y pase por su orden al Municipio G, para que preste su conformidad a la reiteración del gasto y a la Contaduría General, a sus efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A