Resolución N° 70/21/0111
Nro de Expediente:
2016-3410-98-000203
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
29/4/2021


Tema:
DEJAR SIN EFECTO MULTA

Resumen:
Dejar sin efecto las Resoluciones 220/17/0111 de fecha 04/IX/2017

Montevideo, 29 de Abril de 2021.-
 
        VISTO: las Resoluciones No. 220/17/0111 de fecha 04/IX/2017;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma se dispuso aplicar una multa de U.R. 30 (unidades reajustables treinta) en carácter de primera reincidencia, a la empresa unipersonal Adriana Etcheverry, C.I. 1.961.912-7, R.U.T. 21 282459 0011, titular del establecimiento destinado a Ferretería y Barraca, sito en la Calle Eduardo Paz Aguirre No.2122, por falta de Habilitaciones Comerciales;
        2o.) que de acuerdo a lo expresado por el infractor y lo informado por la Dirección del Servicio Centro Comunal Zonal No. 18 en el expediente 2016-3410-98-000203, las habilitaciones comerciales fueron otorgadas;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Gobierno Municipal entiende que se debe dejar sin efecto la Resolución No. 220/17/0111;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE
        1. Dejar sin efecto las Resoluciones 220/17/0111 de fecha 04/IX/2017, de acuerdo a lo expresado en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2. Comuníquese al Sector Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 18 a efectos de notificar a la empresa.-
Jorge Meroni,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A