Resolución N° 46/15/0111
Nro de Expediente:
3360-003286-14
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/2/2015


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , a las Sra. Graciela Mary Silvera Díaz, C.I. 2.969.829-4, propietaria de la vivienda sita en la calle Atanasildo Suárez No. 211, Apartamento 21, padrón No. 41715/102

Montevideo, 9 de Febrero de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la obstrucción de un espacio común , de la vivienda sita en la calle Atanasildo Suárez No. 211, Apartamento 18, ocasionados por la vivienda sita en la calle Atanasildo Suárez No. 211, Apartamento 21, padrón No. 41715/102, propiedad de las Sra. Graciela Mary Silvera Díaz, C.I. 2.969.829-4, con domicilio a los efectos legales en la calle Rincón No.682;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspecciones profesionales realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No.14 a la vivienda sita en Atanasildo Suárez No. 211, Apto. 18 se comprobó un cerramiento de un espacio común, realizado por la unidad denunciada, lo que impide el ingreso de luz y aire a la unidad, afectando la habitabilidad de la misma;
        2o.) que se intimó a las Sra. Graciela Mary Silvera Díaz a retirar el cerramiento, a efectos de permitir el normal pasaje de luz y aire a la vivienda afectada;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 12, Inciso A, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte) , a las Sra. Graciela Mary Silvera Díaz, C.I. 2.969.829-4, propietaria de la vivienda sita en la calle Atanasildo Suárez No. 211, Apartamento 21, padrón No. 41715/102, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.
Lilián Piña,Alcaldesa Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A