Resolución N° 257/17/0111
Nro de Expediente:
2017-0011-98-000160
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
27/10/2017


Tema:
MULTA HABILITACIONES DEPARTAMENTALES

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 30 (unidades reajustables treinta) en carácter de primer reincidencia, al Sr. Antonio Martínez, C.I. 1.641.662-3

Montevideo, 27 de Octubre de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a taller mecánico, sito en la calle Emilio Romero No. 635, propiedad del Sr. Antonio Martínez, C.I. 1.641.662-3, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 se comprobó que el establecimiento carece de las habilitaciones municipales correspondientes y de la Dirección Nacional de Bomberos, intimándosele a presentar en el mencionado Servicio los comprobantes de haber iniciado los trámites correspondientes;
        2o.) que se aplicó multa por este motivo a través de la Resolución 108/12/0111 del 12/VI/2012;
        3o.) que en actuaciones posteriores se informa que no se han solicitado las habilitaciones correspondientes y el local continua en funcionamiento;
        4o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 30 y otra de U.R. 7, en carácter de primer reincidencia respectivamente a la firma titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 14, Literal A, Numeral 1, Sección XIII y Artículo 3, Numeral 20, Sección II, y Artículo 22, Sección XIII del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO:1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 30 (unidades reajustables treinta) en carácter de primer reincidencia, al Sr. Antonio Martínez, C.I. 1.641.662-3, titular del establecimiento destinado a taller mecánico, sito en la calle Emilio Romero No. 635, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 a efectos de notificar al infractor.-
Enrique Soria,Alcalde Interino - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A