Resolución N° 54/24/0111
Nro de Expediente:
2023-0011-98-000204
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
22/5/2024


Tema:
CONTRATACIONES

Resumen:
Prorrogar por 6 meses a partir del 1º de junio de 2024 el contrato de arrendamiento de una parte del inmueble sito en las calles Real 4415 y Mármol, Padrón No. 100.305

Montevideo, 22 de Mayo de 2024.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones tendientes a prorrogar el contrato de arrendamiento de una parte del inmueble sito en las calles Real 4415 y Mármol, Padrón No. 100.305, con destino a la creación de un Centro Coordinador de Emergencias Municipales en el área geográfica del Municipio A, cuyo texto fue aprobado por Resolución Nº 41/23/0111 de 1º de junio de 2023 y ampliado por Resolución Nº 45/23/0111 de fecha 7 de junio de 2023;
        RESULTANDO: 1o.) que el vencimiento del contrato será el 31 de Mayo de 2024;
        2o.) que de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula CUARTO del contrato suscrito el plazo del contrato original era de seis meses a partir del 1º de junio de 2023, pudiendo eventualmente prorrogarse por hasta tres períodos iguales más si mediare al respecto acuerdo de las partes;
        3o.) que en una primera oportunidad el contrato de arrendamiento fue prorrogado por un plazo de 6 meses por Resolución Nº 136/23/0111 de fecha 2 de diciembre de 2023;
        4o.) que se entiende conveniente prorrogar el contrato de arrendamiento por un nuevo plazo de 6 meses a partir del 1º de junio de 2024 aplicando el reajuste correspondiente de la Unidad Reajustable de Alquileres conforme lo previsto en la cláusula Tercero "PRECIO", pasando a ser el nuevo monto total de $ 279.936,00 (pesos uruguayos doscientes setenta y nueve mil novecientos treinta y seis) por todo el período, a abonar en un único pago, por lo que corresponderá que se proceda al dictado de resolución a tales efectos;
        5o.) que de acuerdo a lo informado por el Sector Presupuestal la erogación resultante será atendida Con cargo al pedido FI 151975;
        CONSIDERANDO: 1o.) lo dispuesto en el artículo 12 Bis de la Ley N.º 18.621 de fecha 25 de octubre de 2009, agregado por el artículo 67 de la Ley N.º 20.212 de fecha 6 de noviembre de 2023, reconociendo la necesidad de la existencia de los Centros Coordinadores de Emergencia Municipales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 de 9/8/2010 y 3797/10 de 23/8/2010;
        EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO A
        RESUELVE:
        1.- Prorrogar por 6 meses a partit del 1º de junio de 2024 el contrato de arrendamiento de una parte del inmueble sito en las calles Real 4415 y Mármol, Padrón No. 100.305, con destino a la creación de un Centro Coordinador de Emergencias Municipales en el área geográfica del Municipio A, cuyo texto fue aprobado por Resolución Nº 41/23/0111 de 1º de junio de 2023 y ampliado por Resolución Nº 45/23/0111 de fecha 7 de junio de 2023 y prorrogado en una primera oportunidad por Resolución Nº 136/23/0111 de fecha 2 de diciembre de 2023;
        2.- El monto total a pagar por el arrendamiento será de $279.936,00 (pesos uruguayos doscientos setenta y nueve mil novecientos treinta y seis con cero centésimos) por todo el período, a abonar en un único pago y la erogación resultante será atendida con cargo al pedido FI 151975
        3.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General, a la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a la División Ejecución Presupuestal, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 y al Área Social de dicho Centro Comunal Zonal, y pase al Sector Presupuestal.-
Juan Carlos Plachot,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A

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