Resolución N° 93/21/0111
Nro de Expediente:
2019-3390-98-000665
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/6/2021


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONEXION AL SANEAMIENTO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte), a la Sra. Marianela Chavez Zurdo, C.I. 1.920.431-4

Montevideo, 10 de Junio de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de conexión al saneamiento del padrón 148.637, sito en la calle Pernambuco No. 2329, propiedad de la Sra. Marianela Chavez Zurdo, C.I. 1.920.431-4, con domicilio a efectos legales en la calle Pernambuco No. 1991;
        RESULTANDO: 1o.) que en las presentes actuaciones surge que el padrón de referencia no se encuentra conectado a la red de saneamiento, intimando al titular a regularizar la situación;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R .20 a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 16, Sección XIII del Decreto No. 21626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte), a la Sra. Marianela Chavez Zurdo, C.I. 1.920.431-4, propietaria del inmueble padrón No.148.637, sito en la calle Pernambuco No. 2329, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 17 a efectos de notificar a la infractora.-
Jorge Meroni,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A