Resolución N° 318/15/0111
Nro de Expediente:
3360-001804-13
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
14/12/2015


Tema:
MULTA VERTIMIENTO LIQUIDOS RESIDUALES

Resumen:
Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables), a la Sra. Cármen Irene Moreira Zubillaga, C.I. 4.125.055-7, responsable de la finca ubicada en el predio padrón No.198.654, sita en la calle Antonio Zubillaga No.697

Montevideo, 14 de Diciembre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el vertimiento de líquidos residuales a la vía pública del inmueble padrón No.198.654, sito en la calle Antonio Zubillaga No.697, responsabilidad de la Sra. Cármen Irene Moreira López, C.I. 4.125.055-7, con igual domicilio a efectos legales;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio Centro Comunal Zonal N° 14, intimó a la responsable de la finca al cese de vertimiento de aguas servidas a la vía pública;
        2o.) que se habiéndose firmado convenio con el Programa Fondo Solidario de Conexiones, no se finalizaron los pagos, ni se realizó la conexión de a saneamiento correspondiente;
        3º) que ante el incumplimiento de lo intimado se sugiere la aplicación de una multa de 10 U.R., según lo que establece el Artículo 16, numeral 1º, apartado 2, literal A, Sección XIII, del Decreto Nº 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 10 U.R. (diez unidades reajustables), a la Sra. Cármen Irene Moreira Zubillaga, C.I. 4.125.055-7, responsable de la finca ubicada en el predio padrón No.198.654, sita en la calle Antonio Zubillaga No.697, con igual domicilio a efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión al Contribuyente y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para la notificación a la infractora
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A