Resolución N° 58/12/0111
Nro de Expediente:
3390-009048-10
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
12/3/2012


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 19.7880 (unidades reajustables diecinueve con setenta y ocho mil ochenta diezmilésimas) , al Sr. Jorge Florani, C.I. 1.153.944-6, propietario de la vivienda sita en la calle San Fuentes No.2878 apto 02,

Montevideo, 12 de Marzo de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con problemas de habitabilidad de la vivienda sita en la calle San Fuentes Nº 2878, propiedad del Sr. Jorge Florani, C.I. 1.153.944-6, con domicilio a los efectos legales en San Fuentes Nº 2954;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada con fecha 19 de junio de 2010 se comprobó que dicha vivienda presentaba problemas que afectaban la habitabilidad de la vivienda sita en la calle San Fuentes No.2878 apto 2;
        2o.) que con fecha 05 de agosto de 2010 se intimó a la mencionada persona a realizar las acciones necesarias para solucionar los problemas existentes a los efectos de garantizar la habitabilidad e higiene de la vivienda perjudicada;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 19.7880 al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 12, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 19.7880 (unidades reajustables diecinueve con setenta y ocho mil ochenta diezmilésimas) , al Sr. Jorge Florani, C.I. 1.153.944-6, propietario de la vivienda sita en la calle San Fuentes No.2878 apto 02, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 17 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A