Resolución N° 171/20/0111
Nro de Expediente:
2020-0011-98-000114
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
24/12/2020


Tema:
REITERACION DE GASTOS

Resumen:
Reiterar el gasto por la suma de $435.853,00 referente al contrato entre el Municipio A y La Cooperativa "de Sol a Sol", observado por principio de ejecución (Inc. B, Art. 211 de la Constitución de la República), referencia 233145.

Montevideo, 24 de Diciembre de 2020.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con el contrato suscrito entre la Cooperativa Social de Sol a Sol y el Municipio A, observado por principio de ejecución (Inc. B, Art. 211 de la Constitución de la República), referencia 233145;
        RESULTANDO: 1o.) que dicho contrato fue firmado a efectos de prestar servicios de portería y vigilancia del Centro Comunal Zonal No.17;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Gobierno Municipal A, de conformidad con lo establecido en el Artículo 12, Numeral 3, de la Ley No.19.292 en su sesión de fecha 4 de diciembre de 2020, dispuso, por mayoría absoluta de sus integrantes, dentro de la cual contó con el voto del Alcalde, aprobar la contratación de la Cooperativa Social de Sol a Sol, para las tareas de portería y vigilancia del Servicio Centro Comunal Zonal No.17;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1. Reiterar el gasto por la suma de $435.853,00 (Pesos Uruguayos cuatrocientos treinta y cinco mil ochocientos cincuenta y tres con cero centésimos), correspondientes al contrato entre el Municipio A y La Cooperativa "de Sol a Sol", observado por principio de ejecución (Inc. B, Art. 211 de la Constitución de la República), referencia 233145.-
        2. Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la Contaduría General, y pase al Sector Presupuestal a sus efectos.-

      Enrique Soria, Alcalde - Municipio A.-
Jorge Meroni,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A