Resolución N° 99/12/0111
Nro de Expediente:
3360-007995-10
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
11/6/2012


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar tres multas de U.R. 9.8940 (unidades reajustables nueve con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas) cada una, a la empresa BISENEY S.A., R.U.T. 21 600554 0010 domiciliada Circunvalación Durango No. 1429.

Montevideo, 11 de Junio de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de limpieza y cercado de los predios empadronados con los Nos. 39.735, 53.093 y 53.094 ubicados en Julián Laguna Nos. 4890, 4870 y 4860 de los cuales es responsable la empresa BISENEY S.A, R.U.T. 21 600554 0010, con domicilio a los efectos legales en Circunvalación Durango No. 1429;
        RESULTANDO: 1o.) que se intimó a las propietarias a la limpieza y cercado del predio de su propiedad y de la inspección realizada por el Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 con fecha 14 de febrero de 2012 surge que no se dio cumplimiento a lo intimado;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de tres multas de U.R. 9.8940 cada una, a la empresa titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 6, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84 y Artículo 6, numeral 19, Decreto 23372, respectivamente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar tres multas de U.R. 9.8940 (unidades reajustables nueve con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas) cada una, a la empresa BISENEY S.A., R.U.T. 21 600554 0010 domiciliada Circunvalación Durango No. 1429, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A