Resolución N° 7/18/0111
Nro de Expediente:
2017-3360-98-000050
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/1/2018


Tema:
DEJAR SIN EFECTO MULTA

Resumen:
Dejar sin efecto la Resolución No. 181/17/0111 de fecha 4 de julio de 2017

Montevideo, 10 de Enero de 2018.-
 
      VISTO: la Resolución No. 181/17/0111 de fecha 4 de julio de 2017;
      RESULTANDO: 1o.) que por la misma se dispuso aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables veinte), a la empresa unipersonal Mario Jorge Celli Gómez, C.I. 1.736.768-7, R.U.T. 21 400819 0014, responsable del local comercial destinado a Venta de Artículos para la Construcción, sito en Avda. Carlos María Ramírez No. 139 bis, por carecer de Habilitación Departamental;
      2o.) que la aplicación de multas es una acción coercitiva y no recaudatoria, y al haber presentado la empresa los trámites solicitados el Gobierno Municipal, entiende pertinente dejar sin efecto la multa;
      CONSIDERANDO: 1o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
      EL GOBIERNO MUNICIPAL A
      RESUELVE
      1. Dejar sin efecto la Resolución No. 181/17/0111 de fecha 4 de julio de 2017, de acuerdo a lo expresado en la parte expositiva de la presente resolución.-
      2. Comuníquese al Sector Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 14 a efectos de notificar a la empresa.-
Gabriel Otero,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A