Resolución N° 76/11/0111
Nro de Expediente:
3410-008494-09
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
19/7/2011


Tema:
MULTAS VARIAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9.8940 (unidades reajustables nueve con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas) por falta de higiene y una multa de U.R. 3.9576 (unidades reajustables tres con nueve mil quinientos setenta y seis diezmilésimas) por falta de cerco reglamentario, a la Sra. María Teresa Costantini Arman , C.I. 584.724-9, propietaria de la vivienda sita en la calle Luis Batlle Berres No. 7051, padrón 140118.

Montevideo, 19 de Julio de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con falta de higiene y cerco reglamentario del predio sito en la calle Luis Batlle Berres No.7051, propiedad de la Sra. María Teresa Constantini Arman, C.I. 584.724-9, con domicilio a los efectos legales en Vilardebó No. 1613;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección realizada con fecha 15 de diciembre de 2009 se comprobó que dicha vivienda presentaba problemas con falta de higiene y cerco reglamentario del predio sito en la calle Luis Batlle Berres No.7051;
        2o.) que con fecha 16 de abril de 2010 se intimó a la mencionada persona a realizar las acciones necesarias para solucionar los problemas existentes a los efectos de garantizar la limpieza y cercado del predio;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 9.8940, por infracción a lo dispuesto Artículo 6, numeral 19, del Decreto No. 23.372, y una multa de U.R. 3.9576, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 6, Sección II del Decreto No. 21.626, al titular de los obrados;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R 9.8940 (unidades reajustables nueve con ocho mil novecientos cuarenta diezmilésimas) por falta de higiene y un a multa de U.R. 3.9576 (unidades reajustables tres con nueve mil quinientos setenta y seis diezmilésimas) por falta de cerco reglamentario a la Sra. María Teresa Constantini Arman, C.I. 584.724-9, propietaria de la vivienda sita en la calle Luis Batlle Berres No. 7051, padrón No. 140.118, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 18 para notificación al infractor y demás efectos.-
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A