Resolución N° 80/14/0111
Nro de Expediente:
3390-011918-12
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
21/4/2014


Tema:
MULTA POR FALTA DE LIMPIEZA Y CERCO

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 1 (unidades reajustables una), Ana Paola Palma Bordino, C.I.3.195.212, José María Palma Bordino, C.I.4.006.364, José Antonio Palma Bordino, C.I.3.187.820; Lorena Andrea Palma Bordino, C.I.4.006.495, Ana Luisa Bordino Stratta, C.I.1.453.303

Montevideo, 21 de Abril de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la falta de higiene del predio empadronado con el No. 194613, ubicado en la Calle Dinamarca No.4339, del cual son copropietarios Ana Paola Palma Bordino, C.I.3.195.212, José María Palma Bordino, C.I.4.006.364, José Antonio Palma Bordino, C.I.3.187.820; Lorena Andrea Palma Bordino, C.I.4.006.495, Ana Luisa Bordino Stratta, C.I.1.453.303, todos con domicilio legal en la Calle Venancio Benavidez No.3465;
        RESULTANDO: 1o.) que en inspecciones realizadas por el Servicio Centro Comunal No. 17 surge que el padrón No. 194613, ubicado en la calle Dinamarca Nº4339, carece de limpieza del predio;
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R.1 a los titulares de obrados, por infracción a lo dispuesto por el Artículo 3º y 4º del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 1 (unidades reajustables una), Ana Paola Palma Bordino, C.I.3.195.212, José María Palma Bordino, C.I.4.006.364, José Antonio Palma Bordino, C.I.3.187.820; Lorena Andrea Palma Bordino, C.I.4.006.495, Ana Luisa Bordino Stratta, C.I.1.453.303, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 17 para notificación al infractor y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A