Resolución N° 29/21/0111
Nro de Expediente:
2021-0011-98-000032
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
10/2/2021


Tema:
DONACIÓN

Resumen:
Convenio de Donación Modal a celebrarse entre el Municipio A y La Asociación Civil “La Bonne Garde

Montevideo, 10 de Febrero de 2021.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el Convenio en Donación Modal a suscribirse entre el Municipios A y la Asociación Civil sin fines de lucro "La Bonne Garde";
        RESULTANDO: 1o.) que el objeto del mismo es el complemento del contrato de donación modal aprobado para las tareas de limpieza e higiene ambiental en los locales de los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 17 y 18;
        2o.) que se aprobó el convenio de donación modal con la Institución a través de la Resolución 93/20/0111 de fecha 20 de agosto de 2020, y su modificativa la Resolución 104/20/0111 de fecha de setiembre de 2020;
        3o.) que se omitió incluir en el convenio, una partida especial para el desarrollo del proyecto educativo laboral;
        CONSIDERANDO: 1o.) se entiende pertinente proveer de conformidad;
        2o.) que el Gobierno Municipal A, de conformidad con lo establecido en el Artículo 12, Numeral 3, de la ley 19.292, en su sesión de fecha 3 de junio de 2020, dispuso, por mayoría absoluta de sus integrantes, dentro de la cual contó con el voto del Alcalde, iniciar los procesos para la contratación de una Asociación Civil, para la limpieza de locales de los Centros Comunales Zonales 17 y 18, de acuerdo al llamado correspondiente;
        3o.) las competencias asignadas por resolución 166/20/0111 del 22/XII/2020;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1º.- Convalidar lo actuado y aprobar el siguiente texto de Convenio de Donación Modal a celebrarse entre el Municipio A y La Asociación Civil “La Bonne Garde”: DONACIÓN MODAL.- En la ciudad de Montevideo, el día ___ del mes de ______ de dos mil veintiuno, comparecen: POR UNA PARTE: El Gobierno del Municipio A (en adelante Municipio A), con domicilio en Carlos María Ramírez 867, representado en este acto por su Alcalde Sr. Jorge Meroni, C.I. 1.540.428-9; y POR OTRA PARTE: La Asociación Civil “La Bonne Garde”, (en adelante la Institución), R.U.T. 214799160019, representada por ________________, C.I. __________ en su calidad de ______________ constituyendo domicilio en Molina 279, siendo todos los nombrados uruguayos, mayores de edad, quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO. Antecedentes.- I) La presente donación se enmarca en las políticas sociales que desarrolla el Municipio A, con el objetivo de colaborar con aquellos sectores que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral, como primera experiencia educativa-laboral, dirigido a jóvenes mayores de 18 años en condiciones de vulnerabilidad socio económica. La política social de inclusión social – por medio de los convenios educativos laborales- apunta a la promoción de un proceso, a través del cual, los jóvenes incorporan habilidades y destrezas que les permite fortalecer vínculos y redes sociales para una mejora de su calidad de vida. En este marco se conceptúa el trabajo como instrumento pedagógico y resocializador, constituyendo un ámbito estructurador que posibilita: a) adquirir hábitos de trabajo: responsabilidades, derechos y deberes, b) desarrollar, profundizar y mantener los vínculos en las diferentes situaciones de trabajo, c) desarrollar procesos para el fortalecimiento de su autoestima en el reconocimiento de sus capacidades y potencialidades, d) estimular y desarrollar la integración a las diferentes redes sociales que le sirvan de soporte para su proyecto de vida. II) La Asociación Civil La Bonne Garde es una institución no gubernamental, sin fines de lucro, que dentro de su objeto tiene como uno de sus cometidos el desarrollo de proyectos socio educativos laborales, con jóvenes y mujeres en situación de alta vulnerabilidad y riesgo social. III) El Municipio A, a causa del atraso padecido en adjudicar el llamado para concretar la adjudicación correspondiente al llamado que se efectúa habitualmente a ONG´S para celebrar un convenio educativo laboral, realizó un convenio de Donación Modal con esta Institución por los meses de mayo, junio y julio de 2020, cuyo texto fue aprobado por la Resolución Nro. 93/20/0111 de fecha 20 de agosto de 2020 y su modificativa Resolución Nº 104/20/0111 de fecha 7 de setiembre de 2020, a efectos del cumplimiento de tareas de limpieza e higiene ambiental de los Servicios Centros Comunales 17 y 18, habiéndose omitido en el mismo prever una partida especial para el desarrollo del proyecto educativo laboral, que habitualmente se realiza en esta clase de convenios con los/las jóvenes participantes del programa. IV) En consecuencia corresponde cubrir ese faltante mediante una donación modal específica que se otorga en esta oportunidad.- SEGUNDO: Objeto.- El Municipio A dona a la Institución, la suma de pesos uruguayos $ 138.775 (pesos uruguayos ciento treinta y ocho mil setecientos setenta y cinco), que se entregarán en una sola partida.- TERCERO: Serán de aplicación todas las demás condiciones previstas en el contrato de donación modal acordado por la Institución y el Municipio A, que fuera aprobado oportunamente por la Resolución Nro. 93/20/0111 de fecha 20 de agosto de 2020 y su modificativa Resolución Nº 104/20/0111 de fecha 7 de setiembre de 2020, entendiéndose que el presente convenio complementa al anteriormente mencionado. Y en prueba de conformidad se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fechas indicados en el acápite.-
        2.- Delegar en el Alcalde del Municipio A, la firma del Convenio que se aprueba en el numeral que antecede.-
        3.- Establecer que la erogación resultante será atendida con cargo a la Preventiva SEFI Nº 234923.-
        4.- Comuníquese al Departamento de Secretaría General, a Contaduría General, al Departamento de Recursos Financieros, a las Divisiones de Jurídica, Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 17 y 18, y pase al Sector Presupuestal a sus efectos .-
Jorge Meroni,Alcalde - Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal - Municipio A