Resolución N° 4/12/0111
Nro de Expediente:
3360-000455-10
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
4/1/2012


Tema:
MULTA HABILITACIONES MUNICIPALES Y BOMBEROS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 22.2615 (unidades reajustables veintidos con dos mil seiscientos quince diezmilésimas) y otra de U.R. 7.4205 (unidades reajustables siete con cuatro mil doscientos cinco diezmilésimas) , a la empresa unipersonal Pablo Rodríguez, C.I. 4.165.475-5, R.U.T. 21 556234 0014, titular del establecimiento destinado a depósito, sito en la calle Humboldt No. 4471

Montevideo, 4 de Enero de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento sin habilitación del establecimiento destinado a depósito, sito en la calle Humboldt No.4471, propiedad de la empresa unipersonal Pablo Rodríguez, C.I. 4.165.475-5, R.U.T. 21 556234 0014, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que actualizándose información se comprueba que pese a los plazos concedidos y las sanciones aplicadas anteriormente, no se ha presentado la documentación habilitante ( habilitación municipal - Declaración Jurada de Microempresa y de la Dirección Nacional de Bomberos);
        2o.) que ante el incumplimiento de lo intimado se solicita la aplicación de una multa de U.R. 22.2615 y otra de U.R. 7.4205, por reincidencia, al titular de obrados, por infracción a lo dispuesto en el Artículo 14, inc. A, sección XIII y Artículo 3, numeral 20, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO:1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 22.2615 (unidades reajustables veintidos con dos mil seiscientos quince diezmilésimas) y otra de U.R. 7.4205 (unidades reajustables siete con cuatro mil doscientos cinco diezmilésimas) , a la empresa unipersonal Pablo Rodríguez, C.I. 4.165.475-5, R.U.T. 21 556234 0014, titular del establecimiento destinado a depósito, sito en la calle Humboldt No. 4471, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A