Resolución N° 193/14/0111
Nro de Expediente:
3360-005133-13
 
MUNICIPIO A - GOBIERNO
Fecha de Aprobación:
9/8/2014


Tema:
MULTA POR FALTA DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables, veinte) , por filtraciones a través del techo de la vivienda sita en la calle Gowland No. 663, apto. 1, de la cual es propietaria la Sra. Carmen Macarena DE LA TORRE MARTÍNEZ, C.I. 4.119.955-3

Montevideo, 9 de Agosto de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la filtraciones a través del techo de la vivienda sita en la calle Gowland No. 663 Apto.1, propiedad de la Sra. Carmen Macarena DE LA TORRE MARTÍNEZ, C.I. 4.119.955-3, con domicilio a efectos legales en la calle Carlos Tellier Nro.4697;
        RESULTANDO: 1o.) que en la inspección profesional realizada el 3 de junio de 2013 se comprobó humedades, provenientes del techado, que afectan la habitabilidad de vivienda;
        2o.) que se intimó a la Sra. Carmen Macarena DE LA TORRE MARTÍNEZ a realizar los trabajos necesarios en la finca a fin de eliminar los prejuicios ocasionados por dicha problemática;
        3o.) que ante el incumplimiento de lo intimado, se solicita la aplicación de una multa de U.R. 20 a la titular de obrados, por infracción a lo dispuesto Artículo 3, numeral 12, Inciso A, sección II del Decreto No. 21.626 de 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas a aplicar por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) las competencias asignadas por Resoluciones Nos. 3642/10 y 3797/10;
        EL GOBIERNO MUNICIPAL A
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20 (unidades reajustables, veinte) , por filtraciones a través del techo de la vivienda sita en la calle Gowland No. 663, apto. 1, de la cual es propietaria la Sra. Carmen Macarena DE LA TORRE MARTÍNEZ, C.I. 4.119.955-3, con domicilio a efectos legales en la calle Carlos Tellier Nro.4697, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar al cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días calendario a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de las multas.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio de Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 para notificación al infractor y demás efectos
Gabriel Otero,Alcalde Municipio A.-

Concejal Municipal,Concejal Municipal-Municipio A